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Officium Defunctorum (Oficio de Difuntos)

La plegaria ordinaria por los difuntos era el eco ordinario de aquella otra, solemne y particular, que se realizaba en ocasión de la muerte de los fieles.
Tal era la praxis vigente ya en el siglo IV durante el intervalo de tiempo que transcurría entre la muerte y el sepelio del cadáver. Durante el día, y si cabe más aún, durante la noche, se velaba al difunto, cantando y recitando los salmos. Así lo describe San Agustín en ocasión de la muerte de su madre Santa Mónica.
Estos, en parte o por entero, intercalados con oportunas lecturas espirituales, constituían sustancialmente el nudo de la vigilia de difuntos.
Por otra parte, la praxis de recitar todo el salterio durante el velatorio, se mantuvo por largo tiempo en la Iglesia. En Roma perduró al menos hasta el siglo VI en los monasterios benedictinos; también en Fulda en Alemania hasta el siglo VIII, y en el suizo de St. Gallen, en los de Inglaterra y Francia hasta el siglo XI y en los monasterios lombardos hasta el siglo XII. En Roma, fuera del ámbito monástico, hasta el siglo IX no encontramos trazos en ningún libro litúrgico.
Este complejo formulario eucológico constituyó el núcleo más antiguo de la “Commendatio animae” (Recomendación del alma) que después de ser recitada junto al lecho del moribundo sirvió como plegaria de sufragio también en torno a su féretro. La Commendatio de hecho se encuentra prescrita en los rituales más antiguos, sea en el velatorio fúnebre praesente cadavere como para el 3º, 7º y 30º día de la muerte y en aniversario, y como fórmula litúrgica genérica para el sufragio de difuntos. Esta es la razón por la que la Commendatio animae se encuentra a menudo en los Sacramentarios y en los Libros de Horas medievales.
Hay que observar que esta fue largamente usada porque cuando surgió, hacia mitad del siglo VIII, el Oficio de Difuntos propiamente dicho aún no había entrado en el uso litúrgico general. Sin embargo después del periodo carolingio este en un primer momento fue asociado a la Commendatio, y después poco a poco la superó y finalmente la sustituyó, haciéndola prácticamente desaparecer como oficio mortuorio.
El historiador litúrgico Callewaert demostró que el origen del Oficio de Difuntos no es monástico, ni fue compuesto en el siglo VIII como se creía, sino que al parecer es anterior incluso a San Gregorio Magno tal como lo demuestra el examen de sus partes: el número y el ordenamiento de los salmos es netamente romano, sin trazos galicanos o monásticos, y sin los añadidos posteriores a San Gregorio (preces introductorias, invitatorio, himnos, el capítulo, la doxología final de los salmos…), por lo cual se puede deducir que el Oficio fue calcado del Triduo Sacro, representando un estadio litúrgico pregregoriano. Las conjeturas de Callewaert han sido confirmadas por el Ordo de Juan, el Archicantor de San Pedro que en torno al 680 atestigua la práctica litúrgica bastante difundida. También Amalario admite implícitamente la proveniencia romana ya que da fe que este se encontraba en los primeros antifonarios llegados a la Galia desde Roma en el siglo VIII. Callewaert ha demostrado que el Oficio de Difuntos fue creado no para la vigilia del difunto, sino para el 3º,7º y 30º día como añadido al oficio cotidiano.
Una de las características esenciales del Oficio de Difuntos es que a diferencia de los otros oficios, la Iglesia no reza en nombre de todos: si no que tomando el lugar de las almas del Purgatorio, gime e implora en la persona del difunto.
Litaniæ Sanctorum (Letanía de los santos) y Officium Defunctorum (Oficio de Difuntos) pertenecen al “fondo común” del canto gregoriano, el cual es anónimo por definición, porque fue transmitido oralmente, depurado colectivamente y nunca firmado.
Entierro de un niño (1784) por Juan Ruiz Jiménez
El 20 de febrero de 1784, tuvo lugar el entierro de un niño (“párvulo”) en la iglesia del Sagrario. Se invitó a la capilla de música de la catedral, asistieron 20 partes con los seises (en general cada músico tenía una parte, aunque había también porciones de media parte). El mayordomo de la capilla de música era Bartolomé Polo. La capilla de música se reunió por mandato del canónigo Pedro del Campo, protector de la dicha capilla. Acordaron que conforme “a práctica inmemorial, que los ministriles en los entierros de párvulos y procesiones toquen turnando con la capilla un verso uno y otro otros, pues así está en práctica y si así no lo ejecutaren que pierdan la ovención”. Tocaban en la comitiva del traslado del difunto desde la casa del fallecido hasta la iglesia en la que se enterraba.
ABSOLUTIO / ABSOLUCIÓN: Responsorium: Libera me, Domine.